martes, 8 de julio de 2008

La empresa periodística



La empresa periodística
Artículo 9º. La naturaleza propia de la empresa periodística y su proyección social no permiten asimilarla a cualquier otra actividad empresarial. Por eso, los directores, editores y, en general, los responsables de la redacción en los medios de comunicación deben ejercer sus funciones con el debido respeto a la entidad intelectual y profesional de los autores de la información periodística.

Para efectos de este Código, los empresarios, los gerentes y los empleados de los departamentos administrativos y comerciales de los medios de comunicación tienen las mismas responsabilidades éticas del periodista. Por consiguiente:

1. Están en el deber de evitar todo compromiso u otorgar privilegios que pongan en duda la independencia informativa del medio.

2. Su participación en juntas directivas y su vinculación a cargos y asesorías a empresas distintas comprometen la independencia del respectivo medio de comunicación.

3. Debe diferenciarse con absoluta claridad todo el material de carácter publicitario, como el remitido, el publirreportaje, la publicidad política, los suplementos comerciales especializados, etc.

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la finalidad es poder decir con exactitud nuestras averiguaciones, manteniendo la sensibilidad de los sucesos.