sábado, 20 de diciembre de 2008

RELATORES MUNDIALES DE LIBERTAD DE PALABRA CONDENAN LEYES DE "DIFAMACIÓN DE RELIGIÓN" Y LEYES ANTIEXTREMISMO


Cuatro organismos internacionales que tienen mandatos especiales sobre libre expresión emitieron una declaración que pide a las organizaciones internacionales rechazar la noción de la difamación de la religión y las definiciones vagas de antiterrorismo, informa ARTICLE 19, el organismo que los reunió.

Los cuatro relatores especiales de libre expresión de la ONU, Europa, las Américas y África declararon que las organizaciones internacionales, como la Asamblea General de la ONU y el Consejo de Derechos Humanos, deberían abstenerse de adoptar declaraciones que penalicen la "difamación de la religión" y las leyes de blasfemia. Dijeron que los conceptos "no están de acuerdo con las normas internacionales".

También expresaron inquietudes acerca de la proliferación de las leyes antiterrorismo desde los ataques del 11 de septiembre de 2001 y aconsejaron que la definición de terrorismo se restrinja a "crímenes violentos... (que) causan terror en el público". Su definición rechaza las ideas vagas de "proporcionar apoyo para comunicaciones" o "promover" el extremismo o el terrorismo.

La declaración también pidió respeto para el papel de los medios para informar el papel de los medios para informar al público acerca del terrorismo y actuar como organismo de vigilancia del Gobierno, así como su derecho a proteger sus fuentes de información confidenciales.

"Las declaraciones conjuntas anuales de los cuatro mandatos globales para promover la libertad de expresión son un excelente ejemplo de la cooperación internacional en el campo de la promoción de los derechos humanos", dijo Miklos Haraszti, relator especial de la Organización de Seguridad y Cooperación en Europa (OSCE). "Al igual que los compromisos con la libertad de medios de la OSCE, estos documentos están dirigidos a actualizar los mecanismos internacionales sobre libertad de opinión, libre expresión y los medios".
ARTICLE 19 reunió los mandatos especiales sobre la libertad de expresión por primera vez en 1999 y ha publicado una declaración conjunta cada año desde entonces. "Las declaraciones ofrecen una guía importante para aquellos que desean entender los estándares de los derechos humanos internacionales" dice ARTICLE 19.

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